Parece que el explorador no tiene JavaScript habilitado. Active JavaScript e inténtelo de nuevo. Agencia Pública de Empleo
Portal Agencia Pública de Empleo > Personas > Banco de Instructores SENA 2026 Términos y condiciones del Banco de instructores SENA 2026 Fecha de publicación: 13/11/2025 Autor: Agencia Pública de Empleo SENA Imagen de informe Inscripciones: Durante el año 2025 de acuerdo a las necesidades de contratación de los Centros de Formación Profesional del SENA. Durante el año 2026 de acuerdo a las necesidades de contratación de los Centros de Formación Profesional del SENA Contenido de la página¿QUÉ ES EL BANCO DE INSTRUCTORES SENA?Por disposición del artículo 9 – numeral 17 del Decreto 249 de 2004, el artículo 22 – numeral 14 del mismo Decreto (modificado por el artículo 4 del Decreto 2520 de 2013), y la Resolución No. 1979 de 2012, la contratación de instructores se debe realizar utilizando el Banco de Instructores que se gestiona a través de la aplicación web de la Agencia Pública de Empleo – APE. La conformación de este Banco de Instructores no es un concurso de méritos y no genera continuidad en la contratación de servicios personales para vigencias posteriores; Asimismo los aspirantes que sean preseleccionados en el banco no adquieren un derecho para ser contratados en el 2026 ya que la suscripción de los contratos queda sujeta a las necesidades reales de los Centros de Formación durante esa vigencia y a la disponibilidad presupuestal que tengan. Para la conformación del Banco de Hojas de Vida de Instructores Contratistas SENA, se dispone de un procedimiento y de unas reglas de participación comunes para todos los interesados, las cuales se encuentran debidamente publicadas en el portal de la Agencia Pública de Empleo https://ape.sena.edu.co, por cuanto la entidad no dispone de canales alternos para la recepción de hojas de vida de personas interesadas en ser contratadas como instructor contratista SENA. Documentos de Rererencia:Descargue aquí la circular No. 3-2025-000233 del 24 de Octubre del 2025. Descargue aquí el alcance a la Circular No. 3-2025-000233, Circular 3-2025-000255 del 19 de noviembre de 2025 (criterios de preselección).Descargue aquí el ABC de preguntas frecuentes de Banco de Instructores SENA 2026. Descargue aquí el paso a paso para la inscripción al Banco de Instructores SENA 2026. Descargue aquí la circular No. 01-3-2025-000093 del 25 de abril del 2025. Descargue aquí la circular No. 3-2025-000251 del 13 de noviembre del 2025. INSCRIPCIONESDurante el año 2026 de acuerdo a las necesidades de contratación de los Centros de Formación Profesional del SENA, teniendo en cuenta el siguiente cronograma:*Cronograma modificado el 20/11/2025 de acuerdo a la Circular No. Circular 3-2025-000255 del 19 de noviembre de 2025 (criterios de preselección).Entrega de programas en la base de datos de la APE08 de NoviembreActualización de programas en la base de datos de la APE14 de NoviembreMigración de base de datos el 2025 al 2026 todos los registrados quedando con opción de inscritos14 de noviembreProceso de evaluación diseños de los estudios previos para todos los contratos de prestación de servicios por parte de los Centros de FormaciónA partir del 15 noviembreConformación de los Comités de Verificación20 -26 NoviembreReunión entre el Director Regional y todos los Subdirectores de Centros de Formación para definir los criterios objetivos que se aplicarán en los Centros de Formación20 -26 NoviembreActualización de hojas de vida de instructores. De clic aquí para actualizar la hoja de vida. 18 - 25 noviembreRevisión y verificación de hojas de vida por el Comité de Verificación26 Nov al 02 DiciembrePre-selección de Instructores MigradosSelección de aspirantes a contratar como Instructores en el 202626 al Nov al 16 DiciembreApertura de nuevas necesidades 202603 de Dic al 06 DiciembrePostulaciones por instructores a nuevos programas07 dic al 10 DiciembrePre-selección de Instructores nuevos11 al 15 de DiciembreSelección de aspirantes nuevos a contratar como Instructores en el 2026A partir del 16 de DiciembreProceso de contratación: Suscripción de contratoshasta el 23 de Enero de 20261. INFORMACIÓN DE INTERÉSBanco de Instructores SENA 2026 contenida en la circular No. 01-3-2025-000233 Capítulo 3: Contratos de prestación de servicios de instructor. El cual menciona lo siguiente:(…)“Teniendo en cuenta lo dispuesto por los artículos 9 (numeral 17) y 22 (numeral 14) del Decreto 249 de 2004, la contratación de Instructores se debe realizar utilizando el Banco de Instructores.Con este fin, para la contratación de servicios personales de Instructor en la vigencia 2025, se tendrán en cuenta las hojas de vida registradas en el Banco de Instructores conformado según la Circular No. 3- 2025- 000233 del 24 de octubre de 2025 y Circular No. Circular 3-2025-000255 del 19 de noviembre de 2025 La inscripción, aspiración o selección de una persona en el Banco de Instructores, y los estados “CUMPLE", “PRESELECCIONADO" y “SELECCIONADO" en el módulo web Banco de Instructores de la Agencia Pública de Empleo, no generan para el SENA la obligación de contratar al respectivo inscrito, ni le dan un derecho adquirido a esa persona para ser contratado(a). Lo anterior es así, porque el Banco de Instructores es un repositorio de hojas de vida con las cuales el SENA suple necesidades temporales.La suscripción del contrato depende de que se cumplan los siguientes requisitos:i) Que el Centro de Formación cuente en la vigencia 2026 con la disponibilidad presupuestal de recursos.ii) Que exista, durante el 2026, la necesidad de contratación que planeó el Centro de Formación, de acuerdo con la programación y ejecución de las metas asignadas para la vigencia 2026.iii) Que la necesidad de contratación esté registrada en el Plan Anual de Adquisiciones 2026 o en su(s) actualización(es).iv) Que se cumplan las restricciones de austeridad del gasto y los lineamientos del gobierno nacional que estén vigentes al momento de la contratación.PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL ESPECIAL: Los casos de protección constitucional especial de las personas que vienen contratados en el SENA durante el 2025, deben ser analizados y resueltos por cada ordenador del gasto para la contratación de la vigencia 2026, teniendo en cuenta los lineamientos que emita la Dirección Jurídica del SENA con base en las normas y la jurisprudencia vigente. Cuando la contratación sea de Instructor, la persona debe inscribirse en el Banco de Instructores.Inscripción permanente en el Banco de Instructores: La inscripción en el Banco de Instructores SENA es permanente, por lo cual, las personas interesadas en formar parte de este Banco podrán inscribirse en cualquier tiempo en la aplicación web de la APE - módulo Banco de Instructores; una vez finalice la inscripción de manera exitosa, deberá aparecer su estado “Inscrito"; es deber de cada persona subir al aplicativo todos los documentos que acrediten debidamente su hoja de vida, teniendo en cuenta que el módulo no hace verificación de documentos. Para la aspiración de los inscritos a un (1) perfil y a un (1) Centro de Formación, se realizará(n) corte(s) en la(s) fecha(s) definida(s) en el cronograma que publique la APE; en el transcurso del año se podrán hacer varios cortes, de acuerdo con las necesidades institucionales. Al registrar la aspiración el interesado puede utilizar la opción de “Migrar" su documentación que ya reposa en el Banco de Instructores, cambiarla, adicionarla o volverla a subir toda.El interesado en participar deberá tener en cuenta que una vez inscrito en el módulo Banco de Instructores SENA, el sistema le permitirá modificar su aspiración únicamente en los estados INTERESADO, INSCRITO y NO CUMPLE.Para participar en el Banco de Instructores SENA no es necesario acercarse a una oficina de la Agencia Pública de Empleo SENA. El interesado una vez haya leído cuidadosamente los términos y condiciones, podrá participar desde su lugar de ubicación con acceso a un computador e internet siempre y cuando hayan convocatorias individuales de los Centros de Formación que se ajusten a su perfil. La Agencia Pública de Empleo SENA no tendrá responsabilidad alguna por el diligenciamiento erróneo o incompleto que realice el interesado. La información suministrada por el inscrito al momento del registro y/o actualización de su hoja de vida en la aplicación web de la APE, así como los respectivos documentos cargados que acrediten los requisitos mínimos para el perfil o programa al cual se inscribe en el módulo Banco de Instructores SENA, se entenderá como veraz y presentada bajo la gravedad de juramento.El interesado al Banco de Instructores SENA será el único con privilegios para el uso del módulo denominado "Banco de Instructores" en etapas de inscripción. El acceso a la aplicación web de la Agencia Pública de Empleo SENA es de carácter personal e intransferible, por cuanto ningún otro usuario diferente al interesado tendrá acceso al Banco de Instructores SENA, ni siquiera con rol de funcionario de la entidad.Los Centros de Formación del SENA serán los únicos con privilegios para el uso del módulo denominado "Banco de Instructores" en etapas de escogencia, selección y contratación. El acceso a la aplicación web de la Agencia Pública de Empleo SENA es de carácter personal e intransferible, por cuanto ningún otro usuario diferente al interesado tendrá acceso al proceso, ni siquiera con rol de funcionario de la entidad.Para participar en el Banco de Instructores SENA, el interesado deberá dar completa lectura a los Términos y Condiciones establecidos en el presente documento y realizar la inscripción tal como se indica en el instructivo "paso a paso para la aspiración al Banco de Hojas de Vida de Instructores SENA". No se tendrá en cuenta otras marcaciones realizadas en la Hoja de vida.Es obligación del inscrito, verificar continuamente el avance en su proceso a través del resumen de su aspiración ingresando con sus credenciales de acceso a la aplicación web de la Agencia Pública de Empleo https://ape.sena.edu.co sección "Mis Postulaciones" en la pestaña "aspiraciones".El proceso de preselección y contratación de los inscritos es competencia única y exclusiva de cada Centro de Formación Profesional del SENA, no de la APE SENA.2. CONDICIONES DE USO DEL BANCO DE INSTRUCTORES Las condiciones de uso para el módulo del Banco de Instructores y el cronograma correspondiente, serán publicados, divulgados y socializados por la Agencia Pública de Empleo - APE de la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General, a través de los canales dispuestos por esa Agencia, teniendo en cuenta lo siguiente:a) Plan de contratación de instructores: Los Centros de Formación identificarán sus necesidades de contratación de acuerdo con la programación de las metas asignadas para la vigencia 2026, los lineamientos que defina sobre esta materia la Dirección de Formación Profesional, los programas de formación que continúan de una vigencia a otra, así como la planeación indicativa.b) Registro de necesidades de contratación: Cada Centro de Formación registrará en el módulo web del Banco de Instructores de la Agencia Pública de Empleo, dentro del(os) plazo(s) establecido(s) en el cronograma, cada una de las necesidades de contratación que haya justificado para la vigencia 2026, de acuerdo con los programas a desarrollar en cada oferta. Se podrán definir varias fechas de cargue durante el año, según las necesidades institucionales.Los Centros de Formación deben revisar el reporte de programación de horas de los Instructores en el sistema de vigilancia de programas SVP del año 2025, y garantizar que para el 2026, los Instructores de planta tengan proyección de programación completa.Se recuerda que la contratación por prestación de servicios solo procede cuando existe insuficiencia de personal, inexistencia de este o cuando se requiere una especialidad técnica específica. En este sentido, resulta incongruente que se suscriban contratos de prestación de servicios para funciones misionales mientras los instructores de planta no tienen una programación completa de horas, situación que debe corregirse con urgencia para garantizar una planeación eficiente del talento humano y el uso adecuado de los recursos públicos.Así mismo, las proyecciones de contratación de prestación de servicios deben ser estimadas según el número de aprendices activos atendidos en el 2025, y las horas previstas de programación para el 2026.c) Perfiles de idoneidad: El perfil que se publique para cada necesidad de contratación a suplir, deberá tener como guía el perfil del instructor del diseño curricular del programa de formación profesional vigente y a ofertar por el centro de formación, teniendo en cuenta que para los programas de formación profesional integral prima la experiencia del Instructor, sobre los títulos de formación académica.Para los programas de nivel tecnológico, la acreditación de títulos es requerida y debe ser superior al nivel formativo que se va a orientar.d) Inscripción permanente en el Banco de Instructores: La inscripción en el Banco de Instructores SENA es permanente, por lo cual, las personas interesadas en formar parte de este Banco podrán inscribirse en cualquier tiempo en la aplicación web de la APE - módulo Banco de Instructores; una vez finalice la inscripción de manera exitosa, deberá aparecer su estado “Inscrito". Es responsabilidad de cada interesado realizar el cargue y la actualización en el aplicativo, de todos los documentos que acrediten debidamente su hoja de vida, teniendo en cuenta que el módulo no hace verificación de documentos. e) Aspiración a un perfil y un Centro de Formación: Para la contratación de Instructores 2026, se mantendrá vigente la aspiración registrada en el Banco de Instructores durante el 2024 o el 2025 por cada inscrito, para un (1) perfil y un (1) Centro de Formación.Teniendo en cuenta que el Banco de Instructores se abre por vigencia, para el 2026 se tendrán en cuenta los aspirantes que vienen migrados del 2024 e inscritos en el 2025, y su perfil registrado en la vigencia anterior, quedará migrado en el módulo de Banco de Instructores 2026.Quien no haya registrado su aspiración en el aplicativo o desee cambiar la que realizó, sólo podrá hacerlo para uno de los nuevos perfiles que se publiquen en ese aplicativo para la contratación 2026, y en un solo Centro de Formación, dentro de las fechas que establezca el cronograma que defina la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General, el cual será publicado en la página web de la APE: https://ape.sena.edu.co/Paginas/Inicio.aspx Para poder aplicar a los nuevos perfiles, el Instructor que haya sido migrado por la APE dentro del aplicativo y que no haya sido seleccionado o iniciado proceso de selección, será habilitado para poder editar, cambiar de perfil y aplicar a las nuevas necesidades de contratación, de acuerdo con el cronograma que se publicará en la página web de la APE.Al registrar la aspiración, el interesado podrá utilizar la opción de “Migrar" la documentación ya cargada en el Banco de Instructores, actualizarla, adicionarla, complementarla o reemplazarla ensu totalidad.La migración de las personas al 2026 incluirá su documentación cargada en el apartado de requisitos de su aspiración anterior y podrán actualizar o adicionar nueva documentación. No podrán actualizar o eliminar su aspiración al perfil migrado hasta que no se surta la etapa de creación de nuevas necesidades de contratación.Las personas nuevas, una vez hayan actualizado su información, podrán migrar la documentación que previamente hayan cargado en la plataforma de la APE.f) Revisión de hojas de vida: Con base en la información y los documentos que haya migrado, registrado, adicionado o aportado cada persona en el módulo web del Banco de Instructores de la Agencia Pública de Empleo, al hacer su aspiración, el comité del respectivo Centro de Formación registrará en el aplicativo “Para verificación HV" a los Inscritos que hayan aspirado en cada necesidad de contratación. A partir de lo anterior, el Comité procederá a revisar la hoja de vida y los soportes de cada persona que se inscribió para la respectiva necesidad de contratación, y determinará si cumple o no el perfil de “idoneidad o experiencia" previamente establecido en la necesidad de contratación publicada. Con base en el resultado de la verificación el Centro marcaráa la persona en el Banco de Instructores con el estado “CUMPLE" o “NO CUMPLE"; en los casos de “NO CUMPLE" se debe indicar en el módulo la causal correspondiente.Los Centros que requieran nuevos perfiles, según la oferta de los programas de formación, podrán hacer nuevas convocatorias del 03 al 06 de diciembre de 2025, una vez se tenga la actualización remitida por parte de la Dirección de Formación Profesional a la Agencia Pública de Empleo del SENA.g) Preselección: Dentro de los tiempos fijados en el cronograma que se publique en la página web de la APE, cada Comité de Verificación revisará las hojas de vida de quienes aspiraron a la respectiva necesidad de contratación del Centro de Formación con el estado “CUMPLE" y respecto de ellos aplicará el(los) criterio(s) objetivo(s) que haya definido el Subdirector del Centro de Formación, y con base en este(os) remitirá el listado correspondiente al Subdirector.h) Criterio(s) objetivo(s) para la preselección: De manera previa a las reuniones del Comité de Verificación, el Subdirector del Centro de Formación remitirá por correo electrónico a sus integrantes, el o los criterios objetivos que ellos aplicarán para hacer la revisión de las hojas de vida y remitir al Subdirector el listado de opcionados a contratar hasta el número de personas indicadas por el Subdirector. Un criterio(s) objetivo(s) podrá(n) aplicar a una o a varias necesidades de contratación, de acuerdo con las características de los programas a desarrollar y las competencias que debe tener el Instructor. La aplicación de esos criterios objetivos no requerirá puntuación. Para los aspirantes que con anterioridad hayan sido contratados como Instructores del SENA, el Subdirector de Centro debe incluir dentro de los criterios objetivos de escogencia, los siguientes aspectos, buscando la satisfacción adecuada de las necesidades temporales del servicio: · Las curvas de aprendizaje de estas personas, que ya tienen experiencia en el modelo pedagógico institucional, y el cumplimiento oportuno y adecuado que hayan tenido, de las obligaciones contractuales y de las actividades inherentes al proceso formativo; por ende, no se podrá contratar a quienes duraron más de seis (6) meses sin registrar juicios evaluativos, de acuerdo con el informe que envía la Dirección de Formación Profesional sobre el cumplimiento de este aspecto en los programas de formación.De otro lado, recomendamos que, para los programas de derechos fundamentales en el trabajo, se contrate a quienes demuestren experiencia en haber ejercido la defensa de derechos laborales fundamentales. NOTA: Los criterios objetivos que se establezcan en un Centro de Formación, así como su cumplimiento, podrán ser revisados en cualquier momento por el(a) respectivo(a) Director(a) de la Regional, o por la Dirección de Formación Profesional. i) Aceptación de la preselección: Una vez se defina la persona opcionada a contratar, el Centro de Formación la marcará en el módulo Banco de Instructores con la opción “Preseleccionado", y se generará la notificación de forma automática al Inscrito. Seguidamente, la persona preseleccionada podrá aceptarla a través del mismo correo electrónico de notificación, o a través del módulo Banco de Instructores, durante las treinta y seis (36) horas subsiguientes; si el(a) preseleccionado(a) acepta oportunamente, se actualizará su estado en el módulo a “Seleccionado"; si no acepta o no responde dentro de ese plazo, el sistema lo cambiará de forma automática y lo devolverá al estado “Cumple". Cuando el Centro de Formación evidencie que el opcionado no aceptó por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito imputables exclusivamente al SENA y no al inscrito, el Centro podrá notificar nuevamente la selección a ese inscrito y darle treinta y seis (36) horas subsiguientes para su aceptación, en caso contrario, procederá a notificarle la selección al siguiente Inscrito utilizando el mismo procedimiento. j) Contratación: Cuando se cumplan las cuatro condiciones (i a iv) anotadas en el tercer párrafo del numeral 3 de esta circular para que proceda la suscripción del contrato de Instructor, el respectivo Centro podrá contratar en el 2026 a la persona que haya aceptado la preselección oportunamente, dando cumplimiento a las restricciones de la Ley de Garantías Electorales. Una vez suscriba oportunamente el contrato, el Centro de Formación debe cambiar el estado del Inscrito a “Contratado". Si la persona seleccionada no puede ser contratada por alguna razón, la persona volverá al estado “Cumple". k) Ampliación de Inscritos para preselección: Si con las personas escogidas bajo los criterios anotados en esta circular no es posible suscribir todos los contratos que el Centro de Formación requiere para el 2026, el respectivo Comité de Verificación dejará constancia de ese hecho en acta, y el Centro de Formación podrá buscar dentro del Banco a quienes hayan aspirado a otras necesidades de contratación en el mismo Centro de Formación, que cumplan el perfil buscado. Si encuentra, podrá realizar la preselección.Si no encuentra entre ellos, o quedaren faltando preseleccionados respecto al número de contratos que necesita suscribir el Centro de Formación en el 2026, el Comité de Verificación dejará constancia del hecho en acta y el Centro de Formación procederá a hacer la preselección entre quienes conformen el Banco de Instructores 2026 que cumplan para ese perfil en el siguiente orden:i) n la Regional a la que pertenece el Centro; ii) dentro de la Región a la cual pertenece la Regional, y iii) a nivel nacional. Cuando se presente cesión o terminación anticipada de contratos de prestación de servicios de Instructor, el Comité aplicará las condiciones de uso del Banco de Instructores señaladas en esta circular, para escoger al nuevo contratista. Durante la vigencia de las restricciones de la Ley de garantías en el 2026, se podrán gestionar y firmar cesiones de contrato, pero no se podrán suscribir contratos de prestación de servicios personales.2.1 PQRS. Las peticiones, quejas, reclamos y/o tutelas que se presenten por la aplicación de esta Circular serán analizadas y respondidas por cada Centro de Formación con el apoyo del equipo que designe el Subdirector entre el talento humano que ya cuenta. Las relacionadas con la disponibilidad y uso de la aplicación web de la APE serán respondidas por la Dirección de Empleo y Trabajo.2.2 Interpretaciones. Las dudas, interpretaciones o eventuales vacíos reglamentarios que se presenten durante el proceso de contratación de Instructores para la vigencia 2026 serán resueltas o suplidas mediante lineamientos emitidos de manera conjunta por la Dirección de Formación Profesional, la Secretaría General y la Dirección de Empleo y Trabajo. Los términos y condiciones de uso del aplicativo de la Agencia Pública de Empleo son presentados a los usuarios en el momento de registro de su hoja de vida y al leerlos indican su aceptación. 2.3 Conformación del Comité de Verificación para la contratación de Instructores 2026:2.3.1. Conformación del Comité de Verificación para la contratación de Instructores 2026: Cada Centro de Formación debe integrar para la contratación de Instructores un “Comité de Verificación" conformado por los siguientes integrantes: Ø El Subdirector de Centro o su representante. Ø Un (1) Coordinador Académico del Centro de Formación. Ø Un (1) Instructor de planta del Centro de Formación. En cada Centro de Formación los representantes de los Aprendices podrán escoger a uno (1) de ellos, para que haga veeduría al proceso de contratación de Instructores. Cuando la Dirección General lo considere necesario, podrá designar un representante para acompañar el proceso en uno o varios Centros de Formación, quien actuará con voz y sin voto.En los Centros de Formación que no cuenten con personal suficiente para conformar el Comité de Verificación, o no cuenten con Instructor en la especialidad correspondiente, se conformará el Comité incluyendo personal de otro(s) Centro(s) de la misma Regional o de otra(s) Regional(es) a nivel nacional, quien(es) participará(n) de manera virtual en las reuniones del Comité.2.3.2 Funciones del comité de verificación. Falta incluir información. 3. BANCO CAMPESINO INSTRUCTOR: Se reconoce al campesino como sujeto intercultural, que se identifica como tal, involucrado vitalmente en el trabajo directo con la tierra y la naturaleza, inmerso en formas de organización social basadas en el trabajo familiar y comunitario no remunerado, o en la venta de su fuerza de trabajo, precisando que el sujeto campesino es una categoría social que incluye a todas las personas, sin distingo de edad, sexo y Género. (ICANH,2018). La inscripción en el “Banco Campesino Instructor" del aplicativo de la Agencia Pública de Empleo del SENA (ape.sena.edu.co), representa la valoración del saber campesino; este Banco está dirigido a campesinas y campesinos que cuenten con conocimientos, saberes o experiencias derivadas de sus labores campesinas. Podrán inscribirse quienes además del auto reconocimiento en el aplicativo de la Agencia Pública de Empleo.Descargue aquí Lineamientos para la contratación de Campesino Instructor circular C.I.(IMG)-01-3-2025-000093. · Acreditar su condición de campesino a través de uno de los siguientes medios: presentación del carné o documento equivalente, en el que conste la calidad de afiliado a una asociación campesina, asociación agropecuaria, cooperativa campesina, sindicato agrario y las demás formas de organización campesina, legalmente constituidas. Certificación expedida por el secretario de gobierno municipal o la dependencia que haga sus veces en la alcaldía, en desarrollo de las funciones de inscripción, control y vigilancia de que trata la Ley 2219, en la que conste la condición de campesino o campesina y su lugar de residencia. · Acreditar experiencia mínima de un (1) año en las actividades relacionadas con el programa de formación. Dicha acreditación se hará mediante certificación expedida por alguna organización campesina o una institución pública. · Acreditar experiencia comunitaria mediante documento que expida la organización campesina, entidades públicas o privadas con presencia territorial. · Presentar certificaciones de formación, cursos, diplomados o talleres realizados. · No se requerirá título académico en docencia, reemplazando este requisito por el certificado de competencias laborales o la validación de competencias técnicas y experiencia acreditada por las Unidades Municipales de Asistencia Técnica Agropecuria, o cualquier organización campesina o gremio del sector. · Sin embargo, teniendo en cuenta que los campesinos o campesinas también tienen derecho a la educación superior, si un campesino debidamente acreditado como se determinó anteriormente posee título profesional, podrá ser considerado como campesino instructor o campesina instructora y vincularse como tal. Los Subdirectores de Centro publicarán en el aplicativo de la Agencia Pública de Empleo, durante las fechas que indica el cronograma, las necesidades de formación, de acuerdo con los programas que requieran contratar campesinas o campesinos como instructores o instructoras.Para la contratación de servicios personales de campesino instructor o campesina instructora, se tendrán en cuenta las hojas de vida registradas en el Banco Campesino Instructor. Los Subdirectores de Centro adelantarán la selección y contratación respectiva, utilizando este Banco Campesino Instructor, sin que se requiera conformar “Comité de Verificación" para la escogencia de las personas a contratar para estos programas de formación.4. ¿CÓMO PARTICIPAR EN EL BANCO DE INSTRUCTORES SENA 2026? El proceso para la inscripción al banco de instructores SENA se desarrollará así:1. Para inscribirse a este Banco, el usuario deberá contar con una conexión a internet de buena capacidad, registrar y/o actualizar su hoja de vida en la aplicación web de la Agencia Pública de Empleo del SENA e ingresar a: https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/spe-web/spe/login con sus credenciales de acceso desde un computador, dirigirse al menú de "Banco de Instructores" y seleccionar la opción "Banco de Instructores SENA", allí deberá verificar los perfiles de idoneidad ofertados por los diferentes Centros de Formación del SENA y escoger un único perfil para el cual cumpla todos los requisitos disponiendo de los documentos que lo acrediten. Los perfiles se publicarán a del 3 al 6 de diciembre del 2025 de acuerdo a las necesidades de los Centros de Formación. *** El módulo" Banco de Instructores" se encuentra parametrizado para ingresar solo a través de un computador con una red suficiente a internet; en coherencia, el proceso de participación no contempla el acceso a través de tabletas o celulares*** *** El soporte de documentos solicitado por el interesado en cualquiera de las oficinas de la APE, no tendrá validez alguna para la escogencia de los inscritos por parte de los Centros de Formación, toda vez, que la verificación de requisitos mínimos será realizada únicamente con base en los documentos cargados por el interesado al momento de la inscripción en el módulo Banco de Instructores SENA, los cuales no exigen soporte alguno ***. .2. Las solicitudes de contratación estarán disponibles para todo el territorio nacional, sin embargo, los interesados podrán inscribirse a un (1) solo perfil, en un único Centro de Formación que sea de su interés.3. En el campo "Requisitos", el aspirante podrá registrar información de acuerdo con cada categoría (educación formal, educación superior, experiencia relacionada, capacitación, entre otros). La información y documentos de cumplimiento de los requisitos para cada perfil deberán ser cargados por el interesado previamente en el perfil de hoja de vida de la APE bajo el formato y tamaño establecido (formato pdf sin superar las 2 MGB) para que posteriormente el sistema pueda mostrarlos en el módulo Banco de Instructores y el interesado pueda importarlos al momento de su inscripción conforme al cumplimiento del perfil de interés.4. Una vez diligenciados todos los campos al momento de la inscripción en el módulo Banco de Instructores y al dar clic en la opción "Guardar y continuar", la aplicación mostrará el resultado preliminar conforme a los registros realizados por el interesado, para esto, el interesado deberá aceptar los términos y condiciones, verificar los datos y documentos importados y si está de acuerdo quedará en firme su inscripción; luego de seleccionar la opción "Guardar y continuar", el sistema le mostrará el resumen final de inscripción. Aparecerá el botón "Finalizar inscripción". Recuerde que el sistema le permitirá modificar información o documentos a la inscripción después de dar finalizar su inscripción en los estados INTERESADO, INSCRITO y NO CUMPLE.5. Para la verificación de cumplimiento de requisitos de los inscritos por parte de los Centros de Formación del SENA, el Comité de Verificación del respectivo Centro tendrá en cuenta los criterios definidos por la Dirección de Formación Profesional de la entidad. Respecto a la experiencia los interesados deben tener en cuenta lo siguiente: Para reconocer el tiempo equivalente en meses de las experiencias registradas por el aspirante cualquiera que esta sea, el comité de verificación tendrá en cuenta meses de 30 días calendario.Cuando en un mismo periodo de tiempo, el aspirante registre más de una experiencia laboral (con dedicaciones completas o parciales), se reconocerá una sola experiencia laboral.Si el interesado registra más de una experiencia durante un mismo periodo de tiempo, el comité de verificación tendrá en cuenta solo una de ellas por periodo, para lo cual, el interesado deberá previamente escoger cuál de ellas hará valer por periodo para la verificación de requisitos. El interesado podrá seleccionar a través del módulo Banco de Instructores cuál de ellas cumple el requisito estipulado en el perfilSi el interesado registra experiencia como Instructor SENA que coincide con el mismo periodo de tiempo de otras experiencias (Docente, Técnica o Especifica SENA), el interesado podrá seleccionar a través del módulo Banco de Instructores cuál de ellas cumple el requisito estipulado en el perfilSi el aspirante registra experiencia como Docente que coincide en el mismo periodo de tiempo de otras experiencias (Técnica, Especifica SENA o Docente), el interesado podrá seleccionar a través del módulo Banco de Instructores cuál de ellas cumple el requisito estipulado en el perfilLas horas laborales se contabilizarán a máximo 160 horas mesEn caso de presentarse traslapes de fechas se tendrán en cuenta máximo 8 horas día y 30 días al mes.6. El interesado que no realice su inscripción al Banco de Instructores alojado en la aplicación web de la Agencia Pública de Empleo https://ape.sena.edu.co no continuará en el proceso.*** En el módulo denominado "Banco de Instructores" no se permitirá el cargue directo de documentos a través de una carpeta de archivos desde el computador del interesado; es entonces que, al momento de la inscripción, el módulo solo le permitirá al interesado importar aquellos documentos que se encuentren previamente cargados en la hoja de vida de la APE y en el formato requerido (PDF sin superar las 2 MGB), de acuerdo con cada categoría en el formulario de registro y durante las fechas establecidas. Si el interesado finaliza su inscripción y posteriormente desea agregar nuevos documentos, el módulo le permitirá realizar esta acción únicamente en los estados INTERESADO, INSCRITO y NO CUMPLE. *** 5. SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE INSTRUCTORESLa verificación de CUMPLE o NO CUMPLE, será realizada por el Comité de Verificación del respectivo Centro de Formación.La preselección de aspirantes, entre los que cumplan, será realizada por el Comité de Verificación del respectivo Centro de Formación. Las posibilidades de que la persona preseleccionada suscriba contrato de prestación de servicios con él SENA, depende de las necesidades reales del respectivo Centro durante el 2026 y de la existencia de disponibilidad de recursos presupuestales.De conformidad con el artículo 32 – numeral 2 de la Ley 80 de 1993, "En ningún caso estos contratos" de prestación de servicios "generarán relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable".Se prohíbe la suscripción y ejecución simultanea de más de un contrato de prestación de servicios con el Sena independientemente del objeto contractual, sede o centro de costo de la entidad.El proceso de preselección y contratación de los inscritos es competencia única y exclusiva de cada Centro de Formación Profesional del SENA, no de la APE SENA.Tabla 1. Glosario de estados de los inscritos en el Banco de Instructores SENA EstadoDescripciónInteresadoPersona que aplica a un perfil activo en un Centro de Formación y NO finaliza su inscripción en el Banco de Instructores SENA.InscritoInteresado que se inscribe a un perfil en un Centro de Formación y finaliza su inscripción en el Banco de Instructores SENA Para verificación de HVHoja de vida seleccionada para verificación de cumplimiento de idoneidad del perfil por parte del Comité de Verificación del Centro de Formación, conforme a la necesidad de contratación.CumpleHoja de vida conforme a la necesidad de contratación, que "Cumple" con la idoneidad del perfilNo CumpleHoja de vida conforme a la necesidad de contratación, que "No Cumple" con la idoneidad del perfilEn proceso de preselecciónHoja de vida conforme a la necesidad de contratación, que es preseleccionada por parte del Centro de Formación para aceptación o rechazo de una oferta de contratación por parte del inscrito dentro de las 36 horas siguientesSeleccionadoInscrito conforme a la necesidad de contratación, que acepta una oferta de contratación enviada por el Centro de Formación. En caso de que el inscrito rechace la oferta, el sistema asignará el estado automático de "Cumple"ContratadoHoja de vida conforme a la necesidad de contratación, que acepta una oferta de contratación enviada por el Centro de Formación y legaliza su contratación en SECOP 6. DE LAS PETICIONES, QUEJAS Y RECLAMOS Las peticiones, quejas, reclamaciones y/o tutelas que se presenten por la aplicación de esta Circular serán analizadas y respondidas por cada Centro de Formación con el apoyo del equipo que designe el Subdirector entre el talento humano que ya cuente, por lo cual deberán ser dirigidas al Centro de Formación correspondiente y solo podrán presentarse por escrito, a través del enlace https://sciudadanos.sena.edu.co/SolicitudIndex.aspx con excepción de aquellas que estén relacionadas con la disponibilidad y uso de la aplicación web de la APE, las cuales serán respondidas por ésta y deberán ser presentadas a través del mismo enlace https://sciudadanos.sena.edu.co/SolicitudIndex.aspx dirigidas a la regional correspondiente.
Vinculado a la red de prestadores del Servicio Público de Empleo. Autorizado por la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo según resolución No. 2661 de 2013 y modificada por la resolución No. 0475 de 2020.
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